Terminos y Condiciones del Club
El club se celebra entre CLUB MANÍA y la tienda
seleccionada por una parte y por la otra parte, el EL SUSCRIPTOR en CLUB
MANÍA en conformidad con las siguientes clausulas:
1. La
duración del club de mercancía será de 25 semanas.
2. La
cuota Semanal será la seleccionada por EL SUSCRIPTOR.
3. Todas
las acciones del presente contrato empezaran a jugar inmediatamente con el
sorteo siguiente a la fecha que sean suscritas por sus accionistas.
4.
EL SUSCRIPTOR recibirá de CLUB MANÍA y la tienda
seleccionada la suma acumulada en el contrato, si su número de acciones
fuese igual a las dos (2) últimas cifras del primer premio de la Lotería
Nacional de Beneficencia (sorteo Dominical) y que este al día en el pago de sus
cuotas. EL SUSCRIPTOR no favorecido y que haya terminado de pagar el número
de semanas estipulado en el contrato recibirá en productos el valor ahorrado,
valor que deberá ser igual al valor base del contrato.
5. EL
SUSCRIPTOR podrá reclamar el valor ahorrado de su club cuando haya
jugado su número, aunque no esté al día en sus pagos, siempre que se encuentre
dentro de las siguientes condiciones:
a) Aunque
este en mora en el pago de (1) semana desde la 5ª semana hasta la 10ª semana.
b) Aunque
este en mora en el pago de (2) semanas desde la 11ª semana hasta la 15ª semana.
c) Aunque
este en mora en el pago de (3) semanas desde la 16ª semana hasta la 20ª semana.
d) Aunque
este en mora en el pago de (4) Semana desde la 21ª semana en adelante.
6. Si
al salir agraciada la acción del Club el accionista no está al día dentro de la
mora permitida en la cláusula anterior, podrá seguir pagando su acción hasta
lograr salir agraciado de nuevo o terminar totalmente de pagarlo.
7. EL
SUSCRIPTOR se compromete a pagar semanalmente el CLUB antes del
inicio del sorteo correspondiente. Si EL SUSCRIPTOR desea pagar varias
semanas juntas, se le acreditará el excedente de dinero a su favor, en caso de
que el número salga premiado.
8. EL
SUSCRIPTOR acepta que 2semanas de cuotas pagadas
quedaran a beneficio de CLUB MANÍA como un cargo por servicio y manejo del
club.
9. Es
entendido y aceptado por EL SUSCRIPTOR que este contrato quedara
resuelto o cancelado por mora en el pago de trece (13) semanas. Las sumas
pagadas serán devueltas a EL SUSCRIPTOR previo descuento de 2 semanas en
concepto de manejo administrativo.
10. Cuando
EL SUSCRIPTOR en CLUB MANIA, cualquiera que sea su naturaleza,
estando al día no pudiese o no le conviene continuar como socio del club,
avisara por escrito tales razones o circunstancias. EL SUSCRIPTOR tendrá
derecho a recibir el 80?l valor pagado en cuotas y acepta que el resto quede
a beneficio del operador del club por los perjuicios ocasionados por la recisión
del contrato.
11. El
impuesto de transferencia de bienes muebles (I.T.B.M.) será pagado por cada
accionista luego de recibir el o los artículos objetos del club.
12. Todos
los conflictos que surjan con motivo de la operación de clubes, cualquiera que
sea su naturaleza, serán resueltos de manera privativa por la junta de control
de juegos.
13. Para
hacer efectivo el presente Contrato del Club, será obligatorio que EL
ACCIONISTA presente su cedula de identidad personal o una autorización
escrita acompañada de copia de cedula.
14. Es
entendido y aceptado que en ninguna circunstancia este contrato se hará
efectivo al portador.
15. EL
SUSCRIPTOR en CLUB MANÍA podrá participar de todos los
descuentos, promociones comerciales y ofertas que lleve a cabo el
establecimiento comercial que seleccione durante la vigencia de este contrato.
16. EL
SUSCRIPTOR que resulte premiado o bien haya terminado de pagar la
totalidad del club, podrá retirar los bienes o servicios objetos del club en un
término no mayor a un (1) año. Pasado este término, el contrato quedara
cancelado y las sumas pagadas quedaran a beneficio de CLUB MANÍA y el
establecimiento seleccionado.
17. Este
contrato ha sido aprobado por la Junta de Control de Juegos mediante Resolución
Nº 1069 del 9 de octubre de 2006.